viernes, 13 de septiembre de 2013
Monotributo. Adecuación de escalas
Le informamos que en el Boletín Oficial del día 12/09/2013 se ha
publicado la Resolución General N° 3.529 (AFIP), relativa a: “Régimen
Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo)”.
La aludida norma adecua la escala de los montos de facturación tomados como parámetros para la categorización en el régimen, así como el monto tope de ingresos brutos anuales para el encuadramiento como monotributistas sociales y para el goce de determinados beneficios.
(*) anual
(**) exclusivamente para venta de bienes
Nuevo tope para el encuadramiento como “monotributista social”:
Nuevos topes para gozar de los beneficios del encuadramiento como “Proyectos Productivos de Servicios”:
Aplicación de la norma: A partir de 1 de septiembre de 2013.
El texto completo de la norma se encuentra disponible para su consulta en el sitio web de la Biblioteca Electrónica.
La aludida norma adecua la escala de los montos de facturación tomados como parámetros para la categorización en el régimen, así como el monto tope de ingresos brutos anuales para el encuadramiento como monotributistas sociales y para el goce de determinados beneficios.
CATEGORIA | INGRESOS BRUTOS (*) | CANTIDAD MÍNIMA DE EMPLEADOS | SUPERFICE AFECTADA | ENERGIA ELECTRICA CONSUMIDA (*) | MONTO DE ALQUILERES DEVENGADO (*) |
B | Hasta $48.000 | --- | Hasta 30 m2 | Hasta 3.300 KW | Hasta $18.000 |
C | Hasta $72.000 | --- | Hasta 45 m2 | Hasta 5.000 KW | Hasta $18.000 |
D | Hasta $96.000 | --- | Hasta 60 m2 | Hasta 6.700 KW | Hasta $36.000 |
E | Hasta $144.000 | --- | Hasta 85 m2 | Hasta 10.000 KW | Hasta $36.000 |
F | Hasta $192.000 | --- | Hasta 110 m2 | Hasta 13.000 KW | Hasta $45.000 |
G | Hasta $240.000 | --- | Hasta 150 m2 | Hasta 16.500 KW | Hasta $45.000 |
H | Hasta $288.000 | --- | Hasta 200 m2 | Hasta 20.000 KW | Hasta $54.000 |
I | Hasta $400.000 | --- | Hasta 200 m2 | Hasta 20.000 KW | Hasta $72.000 |
J(**) | Hasta $470.000 | 1 | Hasta 200 m2 | Hasta 20.000 KW | Hasta $72.000 |
K(**) | Hasta $540.000 | 2 | Hasta 200 m2 | Hasta 20.000 KW | Hasta $72.000 |
L(**) | Hasta $600.000 | 3 | Hasta 200 m2 | Hasta 20.000 KW | Hasta $72.000 |
(*) anual
(**) exclusivamente para venta de bienes
Nuevo tope para el encuadramiento como “monotributista social”:
$ 48.000, anuales | ||||
Nuevos topes para gozar de los beneficios del encuadramiento como “Proyectos Productivos de Servicios”:
De tratarse de 2 integrantes: $ 96.000.- | ||||
De tratarse de 3 integrantes: $ 144.000.- | ||||
Aplicación de la norma: A partir de 1 de septiembre de 2013.
El texto completo de la norma se encuentra disponible para su consulta en el sitio web de la Biblioteca Electrónica.
lunes, 3 de junio de 2013
Acuerdo Salarial de Empleados de Comercio 2013
Se acordó un incremento del 24% , un 14% a partir de mayo 2013 y un 10 % a partir de noviembre 2013.
El mencionado aumento se abonará no acumulativamente-
Se tomará como base de cálculo la suma resultante de la escala salarial correspondiente para cada categoría , en el valor expresado para el mes de mayo 2013, en razón de encontrarse conformado el salario con arreglo al acuerdo celebrado en mayo 2012, que incluye los básicos de las escalas convencionales vigentes con las sumas no remunerativas , pactadas en el acuerdo anterior , que debieron incorporarse en el mes de mayo de 2013-
El mencionado aumento se abonará no acumulativamente-
Se tomará como base de cálculo la suma resultante de la escala salarial correspondiente para cada categoría , en el valor expresado para el mes de mayo 2013, en razón de encontrarse conformado el salario con arreglo al acuerdo celebrado en mayo 2012, que incluye los básicos de las escalas convencionales vigentes con las sumas no remunerativas , pactadas en el acuerdo anterior , que debieron incorporarse en el mes de mayo de 2013-
jueves, 23 de mayo de 2013
Atención Monotributistas: Vencimientos mayo 2013: Pago, recategorización y declaración Informativa
Sr. Monotributista:
Recuerde que durante el mes de mayo, además de la obligación de pago mensual, debe realizar la recategorización cuatrimestral y la presentación de la declaración jurada informativa cuatrimestral.
1.-Recategorización Cuatrimestral y Pago mensual
El 20 de mayo próximo, además del pago de la obligación mensual, vence el plazo para la recategorización correspondiente al primer cuatrimestre del año 2013.
La misma consiste en calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante los últimos 12 meses calendarios y, en algunos casos, la superficie afectada a la actividad y el monto de alquileres devengados en ese período.
Cuando estos parámetros sean superiores o inferiores a los delimitados en la categoría en la que actualmente se encuentra, deberá recategorizarse. Si no se registra ningún cambio, la categoría seguirá siendo la misma y, por lo tanto, no deberá realizar ningún trámite.
¿Qué períodos abarca la presente recategorización?
¿Cómo debe realizarse la recategorización?
La recategorización en el Monotributo es un trámite que se realiza con Clave Fiscal, a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar), accediendo al servicio “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario” --> “Monotributo” y seleccionando la opción "Recategorización".
Para facilitarle las cosas, le ofrecemos una demostración interactiva con la que podrá ver el “Paso a Paso” del proceso de recategorización. Acceder al “Paso a Paso”
¿Cuándo debe realizarse el primer pago de la nueva categoría?
El pago de la nueva categoría corresponderá efectuarse desde el mes de junio de 2013. Vencimiento: 24 de junio de 2013. Consulte formas de pago Aquí.
2.- Declaración jurada informativa cuatrimestral
La declaración jurada informativa cuatrimestral está referida a cada cuatrimestre calendario inmediato anterior y debe ser presentada por los sujetos monotributistas que:
a) se hallen encuadrados en las Categorías F, G, H, I, J, K o L o
b) revistan la calidad de empleadores
¿Cómo debe realizarse la presentación?
La presentación de la información se formalizará mediante transferencia electrónica de datos, a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar), ingresando al servicio con Clave Fiscal "Sistema Registral", opción "Declaración de Monotributo Informativa"
¿Qué períodos abarca y cuando se presenta?
Mas información: www.afip.gob.ar/monotributo
Recuerde que durante el mes de mayo, además de la obligación de pago mensual, debe realizar la recategorización cuatrimestral y la presentación de la declaración jurada informativa cuatrimestral.
1.-Recategorización Cuatrimestral y Pago mensual
El 20 de mayo próximo, además del pago de la obligación mensual, vence el plazo para la recategorización correspondiente al primer cuatrimestre del año 2013.
La misma consiste en calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante los últimos 12 meses calendarios y, en algunos casos, la superficie afectada a la actividad y el monto de alquileres devengados en ese período.
Cuando estos parámetros sean superiores o inferiores a los delimitados en la categoría en la que actualmente se encuentra, deberá recategorizarse. Si no se registra ningún cambio, la categoría seguirá siendo la misma y, por lo tanto, no deberá realizar ningún trámite.
¿Qué períodos abarca la presente recategorización?
Período a considerar | Vencimiento para la recategorización |
mayo/2012 a abril/2013 | 20 de mayo de 2013 |
¿Cómo debe realizarse la recategorización?
La recategorización en el Monotributo es un trámite que se realiza con Clave Fiscal, a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar), accediendo al servicio “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario” --> “Monotributo” y seleccionando la opción "Recategorización".
Para facilitarle las cosas, le ofrecemos una demostración interactiva con la que podrá ver el “Paso a Paso” del proceso de recategorización. Acceder al “Paso a Paso”
¿Cuándo debe realizarse el primer pago de la nueva categoría?
El pago de la nueva categoría corresponderá efectuarse desde el mes de junio de 2013. Vencimiento: 24 de junio de 2013. Consulte formas de pago Aquí.
2.- Declaración jurada informativa cuatrimestral
La declaración jurada informativa cuatrimestral está referida a cada cuatrimestre calendario inmediato anterior y debe ser presentada por los sujetos monotributistas que:
a) se hallen encuadrados en las Categorías F, G, H, I, J, K o L o
b) revistan la calidad de empleadores
¿Cómo debe realizarse la presentación?
La presentación de la información se formalizará mediante transferencia electrónica de datos, a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar), ingresando al servicio con Clave Fiscal "Sistema Registral", opción "Declaración de Monotributo Informativa"
¿Qué períodos abarca y cuando se presenta?
Período a considerar | Terminación de CUIT | |
Enero/2013 a Abril/2013 | 0-1 | 27/05/2013 |
2-3 | 28/05/2013 | |
4-5 | 29/05/2013 | |
6-7 | 30/05/2013 | |
8-9 | 31/05/2013 |
Mas información: www.afip.gob.ar/monotributo
jueves, 28 de marzo de 2013
Autónomos: Nuevos importes. La AFIP informa los importes que deberán abonar los trabajadores autónomos a partir del devengado de marzo 2013
Se establecen los nuevos importes de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos. Los aportes correspondientes al mes de marzo 2013 y siguientes son: Categoría I $ 401,62, Categoría II $ 562,26, Categoría III $ 803,24, Categoría IV $ 1285,19 y Categoría V $ 1.767,13.
jueves, 21 de marzo de 2013
Recuerde CABA: Régimen Simplificado Del miércoles 20 al martes 26 vence el pago de la primer cuota bimestral 2013. - Recategorización IIBB-
Los vencimientos para el pago de la primer cuota bimestral son los siguientes:
DV terminado en 0 – 1 vence el 20/03/2013
DV terminado en 2 – 3 vence el 21/03/2013
DV terminado en 4 – 5 vence el 22/03/2013
DV terminado en 6 – 7 vence el 23/03/2013
DV terminado en 8 – 9 vence el 26/03/2013
DV terminado en 0 – 1 vence el 20/03/2013
DV terminado en 2 – 3 vence el 21/03/2013
DV terminado en 4 – 5 vence el 22/03/2013
DV terminado en 6 – 7 vence el 23/03/2013
DV terminado en 8 – 9 vence el 26/03/2013
CIUDAD DE BUENOS AIRES.
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS.
CATEGORIZACION Y RECATEGORIZACION. REGIMEN VIGENTE.Ley 4.470 (G.C.B.A.). Vigencia: desde el 1/1/13.
REGIMEN SIMPLIFICADO. IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS.
CATEGORIZACION Y RECATEGORIZACION. REGIMEN VIGENTE.Ley 4.470 (G.C.B.A.). Vigencia: desde el 1/1/13.
Categoría
|
Base
imponible |
Superficie
afectada |
Energía
eléctrica consumida |
Impuesto para actividades
con alícuotas | ||||
Del 3% y superiores
|
Inferiores al 3%
| |||||||
Más de
|
Hasta
|
Hasta
|
Anualmente
hasta |
Anual
|
Bimestral
|
Anual
|
Bimestral
| |
III
|
0
|
36.000
|
45 m2
|
5.000 KW
|
$ 720
|
$ 120
|
$ 360
|
$ 60
|
IV
|
36.000
|
48.000
|
60 m2
|
6.700 KW
|
$ 1.080
|
$ 180
|
$ 540
|
$ 90
|
V
|
48.000
|
72.000
|
85 m2
|
10.000 KW
|
$ 1.440
|
$ 240
|
$ 960
|
$ 160
|
VI
|
72.000
|
96.000
|
110 m2
|
13.000 KW
|
$ 2.180
|
$ 363
|
$ 1.080
|
$ 180
|
VII
|
96.000
|
120.000
|
150 m2
|
16.500 KW
|
$ 2.880
|
$ 480
|
$ 1.440
|
$ 240
|
VIII
|
120.000
|
144.000
|
200 m2
|
20.000 KW
|
$ 3.600
|
$ 600
|
$ 1.800
|
$ 300
|
IX
|
144.000
|
200.000
|
200 m2
|
20.000 KW
|
$ 4.320
|
$ 720
|
$ 2.160
|
$ 360
|
Nota: a partir del período fiscal 2013 habrá siete categorías de contribuyentes de acuerdo con las bases imponibles gravadas y con los parámetros máximos de las magnitudes físicas.
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